Adicional Restauración Sala principal

N° 3445 – 22/06/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°59
RESOLUCIÓN Nº 316 – MDUGC/10
Buenos Aires, 15 de junio de 2010
VISTO: El Registro Nº .462.726–UPECOLON/09, Expte. N° 1.220/06, la ley 13.064 Ley Nacional de Obras Públicas, Decreto N° 325/GCABA/08, el Decreto Nº 157/GCABA/08 (BOCBA Nº 2.883), el Decreto Nº 589/GCABA/08 (BOCBA 2.942), y la Resolución 672-MDUGC/09, y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado mencionado tramita el balance economías y demasías “Modificaciones en Locales Sanitarios”, compuesto por los siguientes adicionales : “Acero Inoxidable y Carpinterías en Sanitarios”; “Espejos y Cristales en Sanitarios”; “Albañilería en Sanitarios A-B-C-D de Sala”; Artefactos, Griferías y Accesorios Sanitarios A-B-C-D de Sala”; Cielorrasos y Pintura en Sanitarios A-B-C-D de Sala”; “Cielorrasos y Pintura en Sanitarios A-B-C-D de Sala”; “Marmoles en Sanitarios A-B-C-D de Sala”; “Albañilería, Paredes y Losa Nuevas en Varios Sanitarios” y “Marmoles, reposición Placas Sanitarios A-B-C-D de Sala”, denominado por la Dirección de Obra como Adicional N° 44 correspondiente a la Obra: “Restauración Sala Principal- Teatro Colón”- intervención: “Restauración Sala Principal- Teatro Colón”, cuya contratación tramitó mediante Licitación Pública Nacional N° 02/06 (expediente N° 1.220/06, que fuera adjudicada y contratada con la Empresa Constructora San José S.A. por un monto de PESOS CUARENTA Y U MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO con 96/100 ($ 41.246.395,96.-);

Que, la necesidad de realizar los trabajos adicionales, de conformidad con lo señalado por la Dirección de Obra, surge “como consecuencia de otorgarle continuidad a la obra de referencia, a tal fin, y en relación al proyecto licitado se realizaron modificaciones llevadas a cabo por equipo técnico, a saber: Una de las modificaciones consistía en 3 (tres) niveles de sala, baños para discapacitados ya que por pliego licitatorio solo se solicitaba 1 (un) solo nivel respetando el esquema existente del teatro que cumplía rigurosamente con el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires; otro cambio al proyecto licitatorio consistió en el uso de los baños (distribución por sexo), volviendo al uso que tenían los mismos antes del cierre del teatro otro cambio fue cambiar el tipo de descarga de inodoro o mochila por válvula de descarga; atento lo expuesto se adicionaron mesadas con sus correspondientes bachas y griferías y con respecto a las válvulas de descarga de los inodoros, las mismas quedaron a la vista junto con su montante, ambas de acero inoxidable, asimismo fue necesario incrementar la cantidad de espejos, cristales y los artefactos de iluminación, en cuanto a los cielorrasos se modificó el tipo de panel, eliminándose los mismos para ser reemplazados por cielorraso del tipo durlock con mayor cantidad de bocas de inspección los cuales contarán con terminación de pintura; Se adicionaron mármoles en reemplazo de los migitorios que se quitaban como así también se agregaron artefactos, griferías, reposición de solados de mármol por cambio de los desagües y modificaciones en las mesadas de acero inoxidable, todo ello llevó al incremento de tareas varias de
albañilería como es el caso de losas nuevas, nuevos tabiques, revoques de gargantas perimetrales, etc.
Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 090-UPECOLON/10, producido por la Dirección de Obra, el ing. Analista de costos y Presupuestos, luego de analizar el componente de montos presentado por la empresa Contratista en un principio, dice que los precios cotizados no son razonables. Por lo tanto se rechaza por orden de servicio los montos presentados por la Empresa Contratista;
Que, la empresa contratista cotizó nuevamente los trabajos y hace una nueva presentación con los montos aprobados conforme a la Orden de Servicio N° 325, en la cual consta como se realizaron los análisis de precios.
Que, en los adicionales presentados, alguno de ellos se unifican y conforman el Adicional N° 44 “Modificaciones en locales Sanitarios” por la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 90/100 ($ 322.464, 90.-) la cual es aprobada finalmente por el Analista de Costos;
Que, atento lo expuesto en el Registro Nº 1462726–UPECOLON/09, por el ulterior Memorándum Interno del Analista de Costos y Presupuestos, se informa que el Adicional N° 44 está calculado según los lineamientos de la Metodología iniciada en la Orden de Servicio N° 325 en la cual consta como se realizaron los análisis de precios, siendo éstos últimos razonables por la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 90/100 ($ 322.464, 90.-) ;
Que, en relación al Reg. N° 1.462.726-UPECOLON/09, la contratista además de presentar el Adicional solicita de acuerdo a la Resol. 672-MDUGC/09, se apliquen al presente Adicional las Redeterminaciones Provisorias de Precios N° 1, 2 por un monto de PESOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 23/100
($ 82.841,23.-) y Redeterminación N° 3 por un monto de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 21/100 ($ 42.638,21.-);
Que, con motivo de lo mencionado en el punto precedente el valor final del presente Adicional asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 34/100 ($ 447.944,34.-);
Que, El Monto del Adicional N° 44, representa un 0,78% que sumado a los Adicionales N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9, N° 10, N° 11, N° 12, N° 13, N° 14, N° 15, N° 16, N° 17, N° 18, N° 19, N° 20, N° 21, N° 22, N° 23, N° 24, N° 25, N° 26, N°27, N° 28, N° 29, N° 30, N° 31, N° 32, N° 33, N° 34, N° 35, N° 36, N° 37, N° 38, N° 39, N° 40, N° 41, N° 42 y N° 43 (20,07%), representa un acumulado de 20,85% del monto
contractual;
Que, de acuerdo a lo mencionado en el informe Nº 090-UPECOLON/10 el período de realización del presente adicional es de 60 (Sesenta) días, no requiriendo ampliación de plazo alguna, ya que los trabajos se realizarán dentro del plazo de obra estipulado;
Que, corresponde la aplicación de la Resolución 672-MDUGC/09 al sub examine, ya que los extremos requeridos en dicha norma se encuentran debidamente cumplimentados, conforme surge del Informe arriba mencionado;
Que, por tal motivo, corresponde establecer la aplicación directa y simultánea al presente Adicional de la Redeterminación Provisoria Nº 1, 2 y 3;
Que, la aplicación directa y simultánea de las Redeterminaciones Provisorias Nº 1, 2 y 3 al presente Adicional arroja un total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 34/100 ($ 447.944,34.-);
Que, mediante Decreto Nº 157-GCABA/08, de fecha 4 de marzo de 2.008 se asignó a la Dirección General de Obras de Arquitectura, dependiente de la Subsecretaría de Ingeniería y Obras Públicas del Ministerio de Desarrollo Urbano la responsabilidad primaria para diseñar, implementar, ejecutar, controlar y fiscalizar la totalidad de las obras incluidas dentro del plan de puesta en valor y actualización tecnológica del Teatro Colón, entre las que se encuentra comprendida la OBRA en cuestión;
Que, por Decreto 589-GCABA/08, de fecha 23 de mayo de 2.008, se creó la UNIDAD PROYECTO ESPECIAL “TEATRO COLÓN” asignándosele competencia para el diseño, implementación, contratación, ejecución, control y fiscalización de todas las obras correspondientes al Teatro Colón;
Que, a su vez, por Resolución Nº 358-MDUGC/08 se adjudicó a la firma SEMINARIO Y ASOCIADOS S.A. (SYASA), el Gerenciamiento del Plan de Obras del Teatro Colón;
Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 589-GCABA/08, la UNIDAD PROYECTO ESPECIAL TEATRO COLON tiene asignada competencia para “… el diseño, implementación, contratación, ejecución, control y fiscalización de todas las obras correspondientes al Teatro Colón” (art. 1º);
Que, han tomado intervención las áreas técnicas correspondientes, aconsejando la aprobación del presente Adicional, tal como surge del Informe 090-UPECOLON/10 mencionado;
Que, se han efectuado las reservas e imputaciones presupuestarias correspondientes;
Que, toda vez que el monto actualizado de la obra no supera las facultades acordadas por el Decreto 325-GCABA/08.
Por ello, y en uso de las facultades convenidas por el Decreto 325-GCABA/08,
EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Adicional Nº 44 correspondiente a la obra ““Restauración Sala Principal- Teatro Colón”- intervención: “Restauración Sala Principal- Teatro Colón”, por un monto de PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 90/100 ($ 322.464, 90.-), que representa un 0,78% que sumado a los Adicionales N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9, N° 10, N°11, N° 12, N° 13, N° 14, N° 15, N° 16, N° 17, N° 18, N° 19, N° 20, N° 21, N° 22, N° 23, N° 24, N° 25, N° 26, N° 27, N° 28, N° 29, N° 30, N° 31, N° 32, N° 33, N° 34, N° 35, N°36, N° 37, N° 38, N° 39, N° 40, N° 41, N° 42 y N° 43 (20,07%), representa un acumulado de 20,85% del monto contractual, en un todo de acuerdo al detalle que como Anexo I pasa a formar parte de la presente.
Artículo 2º.- La Empresa deberá completar, previo al pago del adicional en cuestión, los seguros y garantías que correspondan de acuerdo a la ampliación del contrato y las redeterminaciones provisorias que se aprueban.
Artículo 3º.- Apruébase, de conformidad con lo previsto por la Resolución 672-MDUGC/09, la aplicación directa y simultánea al presente Adicional N° 44, de la Redeterminación Provisoria Nº 1 y 2 (25,69%) y de la Redeterminación Provisoria Nº 3 (10,52%); cuyo importe final del Adicional citado en el Art. 1° de la presente
Resolución, junto a ambas Redeterminaciones asciende a la suma de total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 34/100 ($ 447.944,34.-).
Artículo 4º.- Comuníquese a la empresa CONSTRUCTORA SAN JOSÉ SA, que dentro de los 30 (treinta) días de notificada la presente Resolución deberá dar comienzo a la tramitación de la Redeterminación Definitiva en el Ministerio de Hacienda, según lo establece el artículo Nº 8 de la Resolución Nº 801-MHGC/08.
Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda, cumplido remítanse estos actuados a la UNIDAD PROYECTO ESPECIAL TEATRO COLON, para su conocimiento, notificación a la empresa Constructora San José S.A. y demás fines. Cumplido, archívese. Chaín
ANEXO
Boletín Oficial

3 comentarios en “Adicional Restauración Sala principal

  1. mundodelreves, no es una verguenza, lo que pasa es que sigue el CURRO y grosssso,,, antes de hacer estas licitaciones deberian terminar todo lo que hay sin terminar y mal hecho,…todo estara escrito , talta muy poco ……

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  2. Alguien si sabe podria contar en que estado esta la causa del os contratados. Aqui en Pretoria no nos enteramos de nada. Le pude contar a Diego la situacion de los trabajadores del colon,
    y me dijo. Que vas a Hacer. y yo le dije, como dijiste vos la vez pasada, Ya te vas a enterar cuando salgamos a la cancha.+

    Responder

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