Ley 2855 – Ente Autárquico Teatro Colón
Artículo 2°.– Misión. El Ente Autárquico Teatro Colón es el organismo público que tiene la misión de crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los shows de música popular amplificados NO son arte lírico, coreográfico, musical –sinfónico y de cámara– y experimental en su expresión de excelencia de acuerdo a la tradición histórica del Teatro Colón, por lo tanto son ILEGALES.
Temporada 2016
Nunca se informa la cantidad anual total de funciones por alquiler de sala a sociedades de concierto privadas, productoras privadas, empresas, asociaciones civiles, sindicatos y organizadores de eventos.
Solo los alquileres a sociedades privadas de concierto que figuran en el folleto de la Temporada 2016 en lunes, martes, miércoles, jueves, viernes o sábados (no solo los lunes como dijo Alcaraz) suman 22 funciones este año; mientras que el Ballet Estable solo tendrá 27 funciones.
Informe de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (período auditado 2013)
inf-20160126_1592—Teatro-Colon
XI.4. Convenios de Arriendo de Sala
Finalmente, los 10 convenios restantes obedecen a operaciones de arriendo de sala, por los que el EATC recibe ingresos dinerarios de parte de las entidades con las que acuerda la cesión de sala y otros espacios. En este sentido, se materializan dichos acuerdos por los cuales se alquilan espacios del Teatro Colón a distintas instituciones para la realización de eventos, con el objeto de promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical –sinfónico, de cámara y experimental, estableciéndose las condiciones de uso, plazo de arriendo, valor locativo, la modalidad de pago, etc.
Al respecto, se informa que los valores locativos acordados en los convenios bajo examen resultan visiblemente divergentes, tal cual lo demuestra el cuadro 15:

Elaboración propia. Fuente: EATC
Como consecuencia de la falta de formalización del circuito administrativo, se detecta en las actuaciones examinadas que no existe justificación alguna, ni cálculo o ponderación económica declarada que sustente la divergencia entre los valores locativos impuestos en cada caso.
¿Cuánto pagó el empresario y exdiputado Pro Avelino Tamargo por alquilar el Teatro para su shows? ¿Fue una cesión gratuita ordenada por Macri o se enmascaró este negociado como si fuera una función a beneficio?

NEGOCIOS PRIVADOS CON FONDOS PÚBLICOS